Disposiciones Generales
- Objeto
- Son sujetos
- Procedimientos para la aplicación de las sanciones
- Comisión Estatal de Derechos Humanos
- Órganos estatales y municipales competentes para substanciar el procedimiento de responsabilidad administrativa y para la aplicación de sanciones
- Medios de apremio y correcciones disciplinarias
- Disposiciones Supletorias
Procedimientos ante el Congreso del Estado en materia de Juicio Político y Declaración de procedencia
- Sujetos de Juicio Político
- Procedencia del Juicio Político
- Daños graves a los intereses públicos fundamentales:
- No procede el Juicio Político por la mera expresión de ideas.
Del procedimiento y sanciones en el juicio político
- Acción popular para formular por escrito denuncias
- El Juicio Político sólo podrá iniciarse durante el período del desempeño del empleo
- El Congreso del Estado es el que instruye el procedimiento relativo al Juicio Político
- El Congreso del Estado substanciará el procedimiento del Juicio Político por conducto de la Comisión Jurisdiccional
- Integración de la Comisión Jurisdiccional
- Improcedencia de la denuncia.
- La Comisión Jurisdiccional, practicará las diligencias e investigaciones necesarias
- Cuando no existe responsabilidad del denunciado
- Cuando existe responsabilidad del denunciado
- Se necesitan dos terceras partes del Pleno para saber, si ha lugar a procedimiento ulterior
- El Congreso del Estado declara que ha lugar a procedimiento ulterior
Procedimiento para la declaración de procedencia
- Cualquier ciudadano o a solicitud del Ministerio Público podrá presentar ante el Congreso del Estado denuncia o querella, bajo su responsabilidad
- Cuando se presente denuncia o querella por cualquier ciudadano o por requerimiento del Ministerio Público, se actuará, en lo correspondiente, de acuerdo a lo previsto en el Capítulo anterior de esta Ley
- Privación del fuero
- Imputaciones improcedentes
- No ha lugar para proceder penalmente
- Suspensión de procedimiento
- El Gobernador del Estado, sólo podrá ser acusado en los términos del Artículo 106 de la Constitución Política del Estado
- Sentencia absolutoria o sentencia condenatoria y la gracia del indulto
- Proceso penal por la comisión de delitos de orden federal, contra el Gobernador del Estado, Diputados Locales, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y, en su caso, Consejeros de la Judicatura Estatal
Responsabilidades y procedimientos administrativos
De los sujetos de responsabilidad y de las obligaciones de los servidores públicos
- Son sujetos
- Se incurrirá en responsabilidad administrativa cuando incumpla con las siguientes Obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones:
De las sanciones por responsabilidad administrativa
- Se incurre en responsabilidad administrativa por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones generales a que se refiere el Artículo anterior
- Las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos establecidas en este Título serán de naturaleza disciplinaria, administrativa y económica.
- Las sanciones disciplinarias consistirán en el apercibimiento y en la amonestación
- Las sanciones administrativas consistirán en:
I.- Suspensión del empleo
II.- Destitución del puesto, empleo, cargo o comisión
III.- Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones
- Las sanciones económicas consistirán en resarcitorias y multas.
- Las sanciones resarcitorias tienen como propósito reparar o indemnizar los daños y perjuicios causados a la Hacienda Pública Estatal o Municipal
- Las sanciones económicas se pagarán una vez determinadas en cantidad líquida.
- El incumplimiento de las obligaciones a cargo del servidor público será considerado grave cuando sea cometido con dolo
De los Superiores Jerárquicos y su competencia
- Poder Ejecutivo Estatal
- La Asamblea en Pleno del Congreso del Estado
- En la Auditoría Superior del Estado el superior jerárquico será el Auditor General y sobre éste el Pleno del Congreso
- La Contraloría aplicará las sanciones correspondientes a los Comisarios, Titulares y a los servidores públicos
- Aplicación de las sanciones
Del Procedimiento de Responsabilidad Administrativa
- Presentación de quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos
- La Contraloría establecerá las normas y los procedimientos para la debida atención y resolución de las quejas y denuncias
- El Poder Legislativo y el Poder Judicial establecerán los órganos y sistemas para identificar, investigar y determinar responsabilidades
- Sanciones administrativas y económicas
- Prescripción
Del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas con Sanciones Económicas y de su Ejecución
- Las Autoridades Competentes podrán levantar acuerdos fundados y motivados por irregularidades u omisiones cometidos por servidores públicos estatales y municipales
- Responsabilidades de proveedores o contratistas
- Aseguramiento de bienes o el embargo precautorio
- Sanciones económicas,
- Procedimiento administrativo
- Son aplicables estas disposiciones a los servidores públicos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de los Municipios
De la Indemnización por Daños y Perjuicios Ocasionados por los Servidores Públicos
- Responsabilidad subsidiaria del Estado de la reparación de los daños causados a particulares por los servidores públicos
De los Recursos
- Recurso de revocación
- Sanciones disciplinarias
- Sanciones administrativas o económicas
- Suspensión de la ejecución de la resolución
Del Registro de la Manifestación de Bienes de los Servidores Público
- Obligatoriedad de presentar manifestación de bienes
- Quienes deberán presentarla
- Ante quien deberán presentarla
- Sanción cuando el funcionario faltare a la verdad
- Plazos para su presentación